CARNE PROFESIONAL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS y REGISTRO OFICIAL DE PRODUCTORES Y OPERADORES (ROPO)

INFORMACIÓN RELATIVA A LA SOLICITUD DEL CARNÉ DE USUARIO PROFESIONAL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS.

El Anexo 11del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, establece como titulación habilitante: licenciaturas, ingenierías superiores, ingenierías técnicas, títulos de grado, máster o tercer ciclo, que cumplan la condición de:

-sumar en su conjunto un mínimo de 40 ECTS en materias relacionadas directamente con la producción vegetal que respondan de manera inequívoca a una lista de contenidos recogidos en el propio anexo

-y 12 de esos ECTS deben estar relacionados directamente con la protección vegetal en materias también expresamente recogidas en el anexo.

La EPSO emitió un informe, a solicitud del Servicio de Seguridad y Protección Vegetal de la Generalitat Valenciana, en noviembre de 2015 en el que se informaba de:

Tabla. Relación de créditos cursados de producción vegetal y protección vegetal, por menciones específicas, en el Grado de Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental de la UMH

Mención específica CR Producción vegetal CR Protección vegetal
1 Agroambiental 80,50 15,0
2 Explotaciones agropecuarias 81,25 12,5
3 Mecanización y construcciones rurales 80,25 13,3
4 Industrias agrarias y alimentarias 65,25 10,5*
*El estudiante que lo desee puede cursar la asignatura de «Protección vegetal integrada» ofertada como optativa e impartida en 4º Agroambiental para llegar al mínimo necesario.

A la vista de al Tabla se deduce que los estudiantes que cursen las menciones de «Agroambiental», «Explotaciones Agropecuarias» y «Mecanización y Construcciones Rurales» pueden obtener directamente el Carnet de Manipulador de Usuario Profesional de Productos Fitosanitarios, sin necesidad de cursar asignaturas de fuera de su mención».

El ROPO (Registro oficial de productores y operadores) está desarrollado en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios (BOE núm. 223 del 15 de septiembre de 2012).

Como norma reguladora, este Real Decreto establece la obligatoriedad de la inscripción de quienes se dediquen a las actividades relacionadas con productos fitosanitarios, sean suministradores, realicen tratamientos fitosanitarios, manipulen y utilicen este tipo de productos o asesoren en concepto de prestación de servicios a explotaciones agrarias o a particulares. También se regula el ROPO mediante el Decreto 30/2015, de 6 de marzo, del Consell, por el que se desarrollan determinados aspectos administrativos relativos a los productos fitosanitarios en la Comunitat Valenciana (DOCV núm. 7481 del 9 de marzo de 2015).

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=16612&version=amp

https://portalagrari.gva.es/es/agricultura/registro-oficial-de-productores-y-operadores-ropo-